El subproceso de Servicios Generales brinda servicios de aseo, transporte, vigilancia, mantenimiento y apoyo logístico en las instalaciones de la Sede, asegurando una atención eficiente y oportuna. Comprometiéndose a mantener un entorno seguro y bien cuidado que facilite el desarrollo de las actividades académicas y administrativas.
Además, se encarga de diseñar y ejecutar planes, programas y protocolos específicos que responden a las necesidades de cada servicio, garantizando así una gestión integral y alineada con los más altos estándares de calidad.
Atiende las solicitudes de los usuarios que involucran actividades de mantenimiento o adecuación de la Sede por imprevistos o solicitudes específicas que mejoran las condiciones de la infraestructura física y proporcionan bienestar a la comunidad universitaria.
Principales Actividades:
La Dependencia de Aseo está encargada de mantener en condiciones higiénicas, proporcionando un ambiente saludable y agradable para la comunidad universitaria, además presta apoyo a los diferentes eventos académicos y administrativos.
Principales Actividades:
Es la dependencia que ejerce la prestación del servicio de transporte requerido para la atención de las necesidades académicas y administrativas de las dependencias y funcionarios de la Sede. También vela por el cuidado, la conservación y la administración del parque automotor de la Sede.
Principales Características:
Garantiza la seguridad de la comunidad universitaria y la protección de los bienes muebles e inmuebles de la Sede. Esta dependencia actualiza permanentemente las necesidades y estrategias de seguridad de la Sede con el fin de mejorar día a día el servicio.
Principales Características:
Funciones Principales:
Consiste en el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua, el cual incluye la política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoría y las acciones de mejora; con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y la salud en el trabajo. Para tal efecto, el empleador o contratante debe abordar la prevención de los accidentes y las enfermedades laborales, así como también la protección y promoción de la salud de los trabajadores y/o contratistas, a través de la implementación, mantenimiento y mejora continua de un sistema de gestión cuyos principios estén basados en el ciclo PHVA (Planificar, Hacer, Verificar y Actuar).
Objetivo General
Promover la seguridad y salud en el trabajo de los contratistas de la Universidad Nacional de Colombia y sus subcontratistas, mediante el establecimiento de acciones enfocadas a la prevención de enfermedades laborales y accidentes de trabajo que se puedan generar por causa o con ocasión de las actividades que se ejecutan en cumplimiento del objeto contractual.
Objetivos Específicos
Según la Resolución de Rectoría 234 de 2019, el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo (COPASST): es un cuerpo colegiado que participa de las actividades de promoción, divulgación, e información, buscando la participación activa del personal en las actividades y programas del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo; y actúa como un instrumento de vigilancia para el cumplimiento de la implementación, mantenimiento y seguimiento al Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo. Cabe destacar, que el COPASST no se ocupa de tramitar asuntos referentes a la relación contractual laboral propiamente dicha, los problemas de personal, disciplinarios o sindicales; ellos se tratarán toda vez que estos se encuentran atribuidos a otras instancias, autoridades o cuerpos colegiados de la Universidad, de conformidad con la reglamentación institucional vigente y respectiva.
Es la planificación y organización para la utilización óptima de los recursos técnicos previstos en una entidad con la finalidad de reducir al mínimo las posibles consecuencias sobre seres, pérdidas bienes generales y el ambiente, que pudieran derivarse de una situación de emergencia.
Esta planificación consta de los siguientes elementos:
Accidente de Trabajo:
Todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del servicio contratado o prestado, y que produzca en la persona una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte. Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de instrucciones del contratante, durante el desarrollo de las actividades propias del objeto contractual, aunque ocurran fuera del sitio donde se presta el servicio contratado. De igual forma, se considera accidente de trabajo, aquel que se produzca durante el traslado del contratista desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el contratante, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 1562 de 2012.
Accidente Grave:
Aquel que trae como consecuencia amputación de cualquier segmento corporal; fractura de huesos largos (fémur, tibia, peroné, húmero, radio y cúbito); trauma craneoencefálico; quemaduras de segundo y tercer grado; lesiones severas de mano, tales como aplastamiento o quemaduras; lesiones severas de columna vertebral con compromiso de médula espinal; lesiones oculares que comprometan la agudeza o el campo visual o lesiones que comprometan la capacidad auditiva, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución 1401 de 2007 del Ministerio de Protección Social.
Acto o Comportamiento Inseguro:
Se refiere a todas las acciones humanas que pueden causar una situación insegura o incidente, con consecuencias para la persona que realiza la actividad, la prestación del servicio, y demás partes interesadas. El comportamiento inseguro incluye la falta de acciones para informar o corregir condiciones inseguras. (Adaptada definición propuesta por ARL SURA).
Actividades de Alto Riesgo:
Actividades de alto riesgo aquellas en las cuales la labor desempeñada implique la disminución de la expectativa de vida saludable o la necesidad del retiro de las tareas que ejecuta, con ocasión de su trabajo, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 2090 de 2003.
ARL:
Administradora de Riesgos Laborales.
AFP:
Administradora de Fondos de Pensiones.
ATEL:
Accidente de Trabajo y Enfermedad Laboral.
Clase de Riesgo:
Codificación definida por el Ministerio de Protección Social mediante Decreto 1295 de 1994, para clasificar a las empresas de acuerdo con la actividad económica a la que se dedica. Existen cinco clases de riesgo, desde la clase I hasta la V, así:
Contrato:
Acuerdo de voluntades mediante el cual una parte se obliga con otra a dar, hacer o no hacer algo, a cambio de una contraprestación en dinero o en especie. Los contratos se clasifican en: Órdenes contractuales, y contratos con cuantía superior a 800 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), los de cuantía indeterminada y los que por su naturaleza requieren tramitarse conforme a lo establecido en el capítulo VI del Manual de Convenios y Contratos de la Universidad.
Contratista:
Persona natural o jurídica con quien la Universidad firma un acuerdo de voluntades y mediante el cual una parte se obliga con otra a dar, hacer o no hacer algo, a cambio de una contraprestación en dinero o en especie (Adaptado de la definición de “contrato” registrada en el Manual de Convenios y Contratos - Resolución 1551 de 2014 de Rectoría).
COPASST:
Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo.
CPRAE:
Comité de Prevención del Riesgo y Atención de la Emergencia.
EPS:
Entidad Promotora de Salud.
Enfermedad Laboral:
La contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad realizada por el contratista o subcontratista o del medio donde se realiza, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 1562 de 2012 del Congreso de Colombia.
Equipos y Elementos de Protección Personal y Colectivo:
Medidas basadas en el uso de dispositivos, accesorios y vestimentas por parte del contratista o subcontratista, con el fin de protegerlos contra posibles daños a su salud o su integridad física derivados de la exposición a los peligros en el lugar donde desarrolla actividades. Los elementos y equipos de protección personal (EPP) y equipos de protección colectivos deben cumplir con las disposiciones legales vigentes. Los EPP deben usarse de manera complementaria a las medidas de control relacionadas con eliminación, sustitución, controles de ingeniería y controles administrativos, y nunca de manera aislada, y de acuerdo con la identificación de peligros y evaluación y valoración de los riesgos, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 1072 de 2015.
Evaluación del riesgo:
Proceso para determinar el nivel de riesgo asociado al nivel de probabilidad de que dicho riesgo se concrete y al nivel de severidad de las consecuencias de esa concreción, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 1072 de 2015.
Higiene industrial:
Comprende el conjunto de actividades destinadas a la identificación, evaluación y control de los agentes y factores del ambiente que puedan afectar la salud de las personas en el desarrollo de una actividad de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 614 de 1984.
Identificación de Peligros:
Proceso para establecer la existencia de un peligro y así definir las características de éste de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 1072 de 2015.
Incidente:
Suceso acaecido en el curso de una actividad o en relación con esta, que tuvo el potencial de ser un accidente, en el que hubo personas involucradas sin que sufrieran lesiones o se presentaran daños a la propiedad y/o pérdida en los procesos, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución 1401 de 2007 Ministerio de la Protección Social.
Interventor:
Se denomina la Persona Natural o jurídica que en razón a su conocimiento especializado o experiencia en el área del objeto contractual es contratada por la Universidad para que ejerza el seguimiento técnico, administrativo, jurídico, financiero y contable sobre el cumplimiento de la orden contractual o contrato, cuando la complejidad o la extensión de este lo justifiquen, de conformidad con lo dispuesto en el Manual de Convenios y Contratos de la Universidad Nacional de Colombia.
IPS:
Institución prestadora de Salud.
Lugar de ejecución:
Espacio físico donde se desarrollan las diferentes actividades contractuales y convergen personas, instalaciones, equipos y procesos.
No conformidad:
Incumplimiento de un requisito del presente documento o de los establecidos por el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.
Obligaciones:
Son los compromisos específicos que adquiere cada una de las partes, en virtud del acuerdo de voluntades. Las obligaciones deben ser claras, detalladas y ponderables, de manera tal que se permita su seguimiento y evaluación, de conformidad con lo dispuesto en el Manual de Convenios y Contratos de la Universidad Nacional de Colombia.
Orden Contractual:
Es una de las formas de contratos que celebra la Universidad para crear, modificar o extinguir obligaciones y cuya cuantía no exceda los 800 salarios mínimos legales mensuales vigentes, de conformidad con lo dispuesto en el Manual de Convenios y Contratos de la Universidad Nacional de Colombia.
Peligro:
Fuente, situación o acto con potencial de causar daño en la salud de los trabajadores, en los equipos o en las instalaciones, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 1072 de 2015.
Prevención de Riesgos:
Son las acciones tendientes a disminuir las posibilidades de ocurrencia de un riesgo, con el fin de preservar la salud de las personas, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 1295 de 1994).
REPS:
Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud
ReTHUS:
Registro Único Nacional del Talento Humano en Salud
Riesgo:
Combinación de la probabilidad de que ocurra una o más exposiciones o eventos peligrosos y la severidad del daño que puede ser causada por éstos, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 1072 de 2015.
Seguridad y Salud en el Trabajo (SST):
La Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) es la disciplina que trata de la prevención de las lesiones y enfermedades causadas por las condiciones de trabajo, y de la protección y promoción de la salud de los trabajadores. Tiene por objeto mejorar las condiciones y el medio ambiente de trabajo, así como la salud en el trabajo, que conlleva la promoción y el mantenimiento del bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todas las ocupaciones, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 1072 de 2015.
Seguridad Industrial:
Comprende el conjunto de actividades destinadas a la identificación y control de las causas de los accidentes en los lugares donde se desarrolle la actividad dentro de la Universidad, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 614 de 1984.
SGSST:
Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.
Subcontratista:
Para efectos de este documento es cualquier Persona Natural o jurídica que realiza actividades en la Universidad Nacional de Colombia a través de una relación contractual con otra Persona Natural o jurídica, que haya celebrado un contrato u orden contractual. El subcontratista recibe pagos del contratista de la universidad (no de la universidad misma) y no tiene vínculo alguno con la Universidad.
Supervisor:
Servidor público de la Universidad designado para ejercer el seguimiento técnico, administrativo, jurídico, financiero y contable que garantice el cumplimiento del objeto de una orden contractual o contrato, de conformidad con lo dispuesto en el Manual de Convenios y Contratos de la Universidad Nacional de Colombia.
El Subproceso de Gestión de Espacios Físicos en la Sede Amazonia está orientado a la planificación estratégica, formulación precisa y control riguroso de la asignación y uso de las instalaciones de la Sede. Este enfoque busca optimizar los recursos disponibles, promoviendo una administración eficiente y asegurando que los espacios físicos sean adecuados para apoyar de manera efectiva las metas institucionales.
Principales Actividades:
Solicitud de Espacios Físicos de la Sede Amazonia
Link para la solicitud de espacios físicos de la Sede Amazonia:
https://docs.google.com/forms/d/1Pu-_WaXmglY3poG3PuIM0EzUgre5v9dOkAN_CBKIrcY/edit
Gestiona la adquisición y gestión de bienes y servicios requeridos por las diferentes dependencias y proyectos de la Universidad Nacional de Colombia en el desarrollo de los fines misionales, garantizando su adecuada administración y control, basados en criterios de calidad, eficiencia, transparencia y oportunidad. Contempla proceso de adquisición y gestión de bienes y servicios.
Gestionar la adquisición de bienes y servicios requeridos por las diferentes dependencias y proyectos de la Sede Amazonia de la Universidad Nacional de Colombia en el desarrollo de los fines misionales, garantizando su adecuada administración y control, basados en criterios de calidad, eficiencia, transparencia y oportunidad.
Principales Actividades:
Preparar y presentar información relacionada con la adquisición de bienes de la Universidad, de acuerdo con la normativa y los requerimientos internos y externos.
Gestionar la recepción, almacenamiento y movimiento de cualquier material dentro y fuera del almacén hasta su punto de consumo, requeridos por las diferentes dependencias y proyectos de la Universidad Nacional de Colombia garantizando su adecuada administración.
Principales Actividades:
COMUNICADO No. 001- Reasignación de Bienes Retirados del Servicio
La Unidad de Gestión integral de la Sede Amazonia informa que, con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el procedimiento de ¨Retirar Bienes del Servicio¨, el área de Gestión de Bienes informa al personal docente, administrativo y contratista de la Universidad Nacional de Colombia Sede Amazonia, que a través de la página web https://amazonia.unal.edu.co/ sección Dependencias - Unidad de Gestión Integral - Gestión Administrativa - Gestión de Bienes, podrá ser consultado el listado de Bienes Retirados del Servicio que se encuentran ubicados en la bodega del Almacén de la Sede Amazonia.
Mayor información
Comunicado No. 001- Reasignación de Bienes Retirados del Servicio
Relación de equipos retirados del servicio